El Colegio de la Abogacía de Burgos, a través del Instituto de Medios Adecuados de Solución de Controversias (IMASC) pone a disposición de los letrados y de sus clientes, el servicio de mediación en honorarios profesionales, cuyo objetivo es ofrecer un instrumento de gestión y solución de las controversias surgidas entre abogado y cliente, o bien entre compañeros letrados, en materia de honorarios profesionales.

Se trata de ofrecer un instrumento de gestión y solución de este tipo de controversias rápido y eficaz en el cual las partes en conflicto en materia de honorarios intentarán llegar a un acuerdo total o parcial con la ayuda de un mediador especializado, evitando la vía judicial que ralentizará el cobro de estos honorarios.

● Es un procedimiento voluntario y confidencial, que lo puede solicitar cualquiera de las partes, tanto abogados como clientes.
● Es una alternativa real a la reclamación judicial, obteniendo resoluciones más rápidas y permitiendo el mantenimiento del control de la solución final a las partes.
● Ofrece soluciones adaptadas a las necesidades e intereses concretos de las partes en conflicto.
● Previene conflictos futuros y, en ocasiones, permite el mantenimiento o la reanudación de la relación profesional entre compañeros o bien entre el abogado y el cliente.
● El acuerdo, en caso de alcanzarse, tendrá naturaleza vinculante.
● En caso de no alcanzarse un acuerdo final, no limita el ejercicio de acciones por cualquiera de las partes.

Gestión administrativa, honorarios del mediador y subvención de costes

El servicio tendrá un coste de gestión administrativa de 50 Euros brutos.

El coste de la mediación es de 65 Euros brutos la sesión inicial constitutiva, y 75 Euros brutos por hora el resto de sesiones.

De tener que intervenir un miembro de la comisión de honorarios como experto esto supondrá un coste de 65 Euros brutos por hora que deberán de asumirlo las partes por igual.
Las partes para iniciar el expediente, las partes deberán abonar una provisión de fondos de 60€ cada uno para cubrir los costes de gestión y honorarios iniciales del mediador, siendo posible que se les requiera para que realicen nuevas provisiones de fondos en casos determinados.

En el caso de que la minuta discutida:

– Sea superior a 10.000€ se incrementará la factura del mediador con un complemento de 150€ brutos.
– Sea superior a 25.000€, se incrementará la factura del mediador con un complemento de 250€ brutos.
– Sea superior a 50.000€, se incrementará la factura del mediador con un complemento de 500€ brutos.
– Sea superior a 75.000€, se incrementará la factura del mediador con un complemento de 750€ brutos.
– Sea superior a 100.000€, se incrementará la factura del mediador con un complemento de 1.000€ brutos.

Estos importes serán abonados por partes iguales entre los participantes en la mediación.

Los colegiados ejercientes que se encuentren al corriente de sus cargas colegiales tendrán una subvención del 50% de las sesiones de mediación con un límite de 100€ por mediación, excluyendo expresamente el coste de los expertos. El plazo para solicitar la subvención es de 3 meses desde la emisión de la factura por el Colegio de la Abogacía.