Este servicio se prestará en el caso de que un particular (persona física o jurídica), o su abogado, soliciten una conciliación, previa a la vía judicial o intrajudicial, en cualquier materia, y siempre y cuando no haya un servicio de conciliación subvencionado organizado por el IMASC o por el Colegio de la Abogacía o por otra institución colegial que cubra su necesidad.

Los costes de gestión administrativa por el servicio serán abonados al Colegio de la Abogacía de Burgos, y tendrán un coste individual de 25 € más impuestos.
El coste por la sesión inicial de conciliación que se convoque al efecto tendrá un importe de 32,50 € más impuestos.

1º.- Cuando se solicite la actividad de conciliación por una de las partes en conflicto, y la parte mediada no se persone en la sesión inicial convocada al efecto, deberá abonarse por el solicitante la cantidad de 25 € más impuestos en concepto de gastos de gestión y 32,50 € más impuestos por la sesión inicial convocada que habrán de ser abonados a la persona conciliadora a través del Colegio de la Abogacía de Burgos.

2º.- En el caso de que la conciliación se requiera por una parte, y a la sesión informativa celebrada a efecto, solo acudiese la parte que no la hubiese solicitado, el importe de 25 € más impuestos derivados de los gastos de gestión y de los 32,50 € más impuestos de la sesión inicial, serán abonados por la parte que hubiera solicitado la conciliación.

3º.- Cuando se solicite la actividad de conciliación por una de las partes en conflicto, y la parte conciliada se persone en la sesión inicial convocada al efecto, sin posibilidad de continuar con la conciliación, dándose por terminado el proceso de negociación sin acuerdo, deberá abonarse por el solicitante de la conciliación la cantidad de 25 € más impuestos en concepto de gastos de gestión y 32,50 € más impuestos por la sesión inicial convocada que habrán de ser abonados a la persona conciliadora a través del Colegio de la Abogacía de Burgos.

4º.- Cuando se solicite la actividad de conciliación por una de las partes en conflicto, y la parte conciliada se persone en la sesión inicial convocada al efecto, manifestando su deseo de continuar con el proceso de conciliación, las partes abonarán individualmente los gastos derivados de la gestión por importe de 25 € más impuestos y 32,50 € más impuestos por la sesión inicial convocada que habrán de ser abonados a la persona conciliadora a través del Colegio de la Abogacía de Burgos, sin perjuicio de los costes derivados de las posteriores sesiones de conciliación.

5º.- En el caso de que la conciliación se solicite por ambas partes, cada una de ellas deberá de abonar la cantidad de 25 € más impuestos en concepto de gastos de gestión y 32,50 € más impuestos por la sesión inicial convocada que habrán de ser abonados a la persona conciliadora a través del Colegio de la Abogacía de Burgos. Sin perjuicio de los costes derivados de las posteriores sesiones de conciliación.

En el caso de intervenir un perito u otro tipo de profesional, los costes de estos serán abonados por las partes según el acuerdo que tomen. En ningún caso este coste lo asumirá el IMASC.
En el caso de que se tenga que incurrir en gastos de notificación, estos correrán por cuenta del solicitante.

En el caso de que se solicite la conciliación por una de las partes, se abonará el importe de 70 €, en concepto de provisión de fondos, y en el caso de que se solicite la conciliación por todas las partes en conjunto, se abonará 70 € por cada parte.

Si una vez iniciada la conciliación, se indicase por parte de la persona conciliadora que es necesario pedir nuevas provisiones de fondos, para el supuesto que sea necesaria más de una sesión de conciliación, se requerirá a las partes para que aporten estas nuevas provisiones de fondos en función de la previsión indicada por la persona conciliadora.

La conciliación se iniciará mediante solicitud, a través de un modelo para cumplimentar y previo pago de los 70 € de la provisión de fondos.

Una vez realizados estos trámites, se contactará desde Colegio de la Abogacía con las partes para la elección de la persona conciliadora. En caso de no ponerse de acuerdo las partes, se elegirá por turno.

En el caso de que la conciliación se solicite por una parte, el Colegio automáticamente asignará la conciliación a la persona conciliadora que por turno corresponda.

Desde el Colegio nos pondremos en contacto con la persona conciliadora designada para fijar fecha de la sesión inicial.

Se notificará desde el Colegio a todas las partes esta sesión inicial de forma fehaciente.

A solicitud de cualquier parte, el Colegio emitirá el correspondiente Certificado de Acta. Si quien ha solicitado el Acta no solicitó la conciliación, y por consiguiente no ha abonado la provisión de fondos para sufragar el gasto administrativo y de la sesión inicial, se le cobrará 25 euros más impuestos de gastos de gestión de emisión del Certificado.

– La minuta de la persona conciliadora se verá incrementada, con cargo a las partes, siempre que la conciliación termine con acuerdo, en el caso de que la cuantía objeto de la conciliación:

• sea superior a 10.000€ se incrementará la factura con un complemento de 150€ más impuestos.
• sea superior a 25.000€, se incrementará la factura con un complemento de 250€ más impuestos.
• sea superior a 50.000€, se incrementará la factura con un complemento de 500€ más impuestos.
• sea superior a 75.000€, se incrementará la factura con un complemento de 750€ más impuestos.
• sea superior a 100.000€, se incrementará la factura con un complemento de 1.000€ más impuestos.

En el caso de que la conciliación sea solicitada por un colegiado de ICA Burgos, en ejercicio y al corriente de pagos, se hará un descuento en los gastos de gestión debiendo de abonar sólo 20 € más impuestos, en lugar del importe de 25 € más impuestos.

APELLIDOS NOMBRE
ALMANSA LOPEZ ARTURO
ALONSO FERNANDEZ CRISTINA
ALVAREZ SAIZ MONTSERRAT
ARROYO GIL CRISTINA
BLANCO SEDANO MARIA MILAGROS
CAMARA GONZALEZ RAQUEL
CASANOVA DOLORES
DEL RIO ARNAIZ JUAN CARLOS
FERNÁNDEZ MAGADÁN JOSÉ RAMÓN
GARCIA BORNE ANA
GARCIA GUERRERO ESTHER
GARRIDO NAVARRO MERCEDES
GLERA CASTILLO SUSANA
GONZALEZ CUBILLO SANTIAGO
IBÁÑEZ LANGA HELENA
IGLESIA SANZ FEDERICO
LOPE LOPE GLORIA
LÓPEZ DIEZ FRANCISCO JOSÉ
MANERO IZQUIERDO JULIA
MARTÍN DEL PICO BELEN
MARTINEZ DE SIMON SANTOS SARA
MARTINEZ PEREZ PATRICIA
MONSALVE GIL-FOURNIER PABLO
PEÑA ROBLEDO IGNACIO
SANTIDRIAN MORAL ROSARIO
SANZ-RUBERT ORTEGA GERARDO
VIZCARRA RAMOS YOLANDA