El Colegio de la Abogacía de Burgos, a través del Instituto de Medios Adecuados de Solución de Controversias(IMASC), pone a disposición de los letrados y de sus clientes este servicio, de aplicación ante disputas sobre el pago de los honorarios por servicios prestados.
Ambas partes pueden someterse a un arbitraje de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje del Instituto de Medios Adecuados de Solución de Controversias del Ilustre Colegio de Abogados de Burgos.
Las partes eligen un árbitro del registro del IMASC. En caso de desacuerdo, el IMASC designará un árbitro.
- La parte solicitante envía solicitud al IMASC con la minuta y documentos
- El IMASC traslada la solicitud a la otra parte y les da tres días para acordar el árbitro.
- El árbitro resuelve sobre la admisión de pruebas y fija fecha y lugar para su práctica.
- Después de las audiencias, el árbitro emite un laudo motivado en un plazo máximo de 30 días.
El laudo es vinculante y debe cumplirse de inmediato, con fuerza ejecutiva según la Ley de Arbitraje.
Se comparten equitativamente, salvo acuerdo diferente según el Artículo 19 del reglamento de arbitraje
Todas las partes deben mantener la confidencialidad de la información y la resolución.